¿Qué son?
Según el Artículo 3 del Decreto 31/1997 de Cantabria, la categoría de Palacios y Casonas cántabras «se otorgará respecto de las casonas o palacios Cántabros incluidos en inventarios oficiales del patrimonio histórico o, en su defecto, con justificación documental y gráfica y dictamen del Servicio de patrimonio Cultural de la Diputación Regional de Cantabria».
Requisitos que deben cumplir
Según el Artículo 9 del Decreto 31/1997 de Cantabria, los Palacios y Casonas cántabras «deberán cumplir como mínimo los requisitos previstos para los hoteles tres estrellas y su decoración y amueblamiento guardarán consonancia en cuanto a calidad y confort con la tipología constructiva noble del inmueble».
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